sábado, 21 de noviembre de 2015

DECLARACIÓN DE HONESTIDAD ACADÉMICA (RESOLUCIÓN CD N° 1298/11 FACULTAD DE DERECHO-UBA)





La comunidad académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires se rige por normas jurídicas en vigor en el país, por las normas especiales de la UBA y por principios de integración académica que excluyen por definición cualquier conducta de apropiación de trabajos o ideas ajenas. Las siguientes pautas, adoptadas por el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho, están dirigidas a orientar a los estudiantes de grado y de posgrado en la ruta de la honestidad académica en las etapas de evaluación que se llevan a cabo en la Facultad.
La deshonestidad académica incluye, aunque no se restringe a:
1. Plagio: omisión de citar o de otro modo reconocer en todo escrito, ensayo, ejercicio, examen escrito, proyecto, trabajo práctico presentado para ser calificado, de ideas, frases u oraciones tomadas de otra fuente como un texto publicado, el trabajo de otra persona, materiales de internet a menos de la autoría resulte obvia en el contexto.
2. Autoplagio: la presentación del mismo trabajo o de partes sustanciales del mismo en más de un ejercicio sujeto a calificación sin el permiso explícito de los profesores concernidos.
3. Presentación de trabajo de otro: Presentación de un trabajo como propio cuando ha sido preparado por otro o encargado a otro.
4. Engañar: dar, recibir, asistir o hacer uso no autorizado de información de cualquier fuente escrita de otra persona, trabajo escrito de otro o cualquier otra fuente durante un examen.
5. Falsificación de un trabajo: falsificación o manipulación de información, prueba u otro tipo de material en un examen o trabajo a calificar.
6. Colaboración no permitida: la participación de terceros, calificados o no, en la elaboración del o de los trabajos a ser evaluados.



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